El mes de marzo de 2025 es crucial para los contribuyentes en México, ya que deben cumplir con diversas obligaciones fiscales para evitar sanciones y mantener su situación tributaria en orden. Desde la contabilidad electrónica hasta la declaración anual de personas morales, es importante estar al tanto de las fechas límite establecidas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y otros organismos.
A continuación, te explicamos los compromisos más importantes de este mes y las consecuencias de no cumplir con ellos.
4 de marzo de 2025: Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT)
Las personas físicas y morales que sean sujetos del Impuesto al Valor Agregado (IVA) están obligadas a presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) correspondiente a febrero de 2025.
¿Para qué sirve la DIOT?
Este reporte permite al SAT conocer el desglose del IVA pagado a proveedores y clientes, asegurando el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Sanciones por no presentar la DIOT
No presentar la DIOT en tiempo y forma puede generar multas que van desde $9,430 hasta $18,860 pesos, además de posibles revisiones fiscales.
6 de marzo de 2025: Envío de contabilidad electrónica
Las personas físicas con actividad empresarial deben enviar su contabilidad electrónica correspondiente a enero de 2025 a través del Buzón Tributario del SAT.
Si no se cumple con este requisito, pueden aplicarse multas que van desde $5,000 hasta $15,000 pesos por cada obligación no presentada o con errores. Además, el SAT podría realizar auditorías y revisiones fiscales.

17 de marzo de 2025: Declaraciones mensuales y pago de cuotas
El 17 de marzo es una fecha clave en el calendario fiscal, ya que es el último día para presentar diversas declaraciones de impuestos y realizar pagos de seguridad social.
1. Presentación de declaraciones fiscales
Los contribuyentes deben reportar los impuestos correspondientes a febrero de 2025, entre ellos:
- Impuesto Sobre la Renta (ISR): Grava los ingresos de personas físicas y morales. No declararlo puede generar multas de $1,560 a $38,700 pesos, además de recargos sobre el saldo adeudado.
- Impuesto al Valor Agregado (IVA): Se debe reportar y pagar el IVA del mes. No hacerlo puede derivar en sanciones de $14,230 a $28,490 pesos y, en casos graves, en la suspensión del sello digital.
- Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS): Aplica a productos como gasolina, alcohol y tabaco. No declararlo puede acarrear multas de $12,640 a $25,300 pesos e incluso embargos precautorios.
- Retenciones de ISR e IVA: Empresas que retienen impuestos a terceros deben enterarlos al SAT. No hacerlo puede resultar en sanciones de $15,430 a $30,850 pesos, más recargos.
2. Pago de cuotas al IMSS e INFONAVIT
- Cuotas al IMSS: Los empleadores deben pagar las cuotas obrero-patronales correspondientes a los salarios de enero de 2025. No cumplir con esta obligación puede generar recargos, pérdida de derechos laborales para los trabajadores e incluso embargos por parte del IMSS.
- Aportaciones al INFONAVIT: También es el límite para el pago de aportaciones de vivienda del bimestre enero-febrero de 2025. Estas contribuciones permiten a los empleados acceder a créditos de vivienda.
31 de marzo de 2025: Declaración Anual de Personas Morales
El 31 de marzo de 2025 es la fecha límite para que las personas morales (empresas y sociedades) presenten su Declaración Anual del ejercicio fiscal 2024.
¿Qué se debe incluir en la Declaración Anual?
- Ingresos obtenidos durante 2024
- Deducciones autorizadas (gastos, inversiones y costos permitidos por la ley)
- Cálculo del ISR anual y, en su caso, el saldo a favor o impuesto a pagar
- Pagos provisionales realizados durante el año
- Determinación de la utilidad fiscal y PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades)
Consecuencias de no presentar la Declaración Anual
No presentar la Declaración Anual en el plazo establecido puede generar sanciones que van de $14,830 a $34,730 pesos. Además, si hay impuestos pendientes de pago, el SAT puede aplicar recargos y actualizaciones, además de posibles restricciones en la operación de la empresa.
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Conclusión
Cumplir con estas obligaciones fiscales en marzo de 2025 es fundamental para evitar multas, recargos y problemas legales con el SAT y otros organismos. Para ello, es recomendable llevar una adecuada planificación financiera, utilizar herramientas digitales para la contabilidad y, en caso de dudas, buscar asesoría con un contador o especialista fiscal.
Si tienes una empresa o eres persona física con actividad empresarial, asegúrate de cumplir con estos plazos para mantener tus operaciones en orden y evitar sanciones innecesarias.